Grada 128. Consultorio de consumo

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Grada 128. Consultorio de consumo

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Vivo de alquiler en un piso desde enero y ya tenía el aparato de aire acondicionado estropeado. He reclamado al dueño su reparación, como quedamos, pero siempre me pone excusas; ¿quién debe asumir el gasto de la reparación?
Lo primero que debe hacer es revisar el contrato que firmó, para ver qué especifica en cuanto a los gastos generales de la vivienda, ya que la Ley de Arrendamientos Urbanos especifica que las partes podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan a la vivienda arrendada o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario. Sin embargo, los gastos por servicios con que cuente la vivienda arrendada y que se individualicen mediante aparatos contadores serán, en todo caso, de cuenta del arrendatario.

No obstante, también aclara la ley que el arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenida, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario.

Por tanto, si en su caso acordó con el arrendador que le repararía el aire, lo que puede hacer es enviarle un escrito de forma fehaciente, requiriéndole que proceda a la reparación en un plazo razonable; de no hacerlo, tendría que denunciar la situación ante el Juzgado.

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Unión de Consumidores de Extremadura
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