Legislación y discriminación salarial por razón de género. Grada 124. José Manuel Corbacho

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Para saber si el ordenamiento legislativo español, y en concreto la legislación laboral, puede evitar de forma efectiva la llamada brecha salarial por razón de género es interesante acudir a una reciente sentencia, de 14 de febrero, de la Sala Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, dictada en un procedimiento de vulneración de derechos fundamentales; esta considera la existencia de discriminación salarial por razón de género de una trabajadora respecto de sus compañeros, a pesar de ocupar una posición idéntica en el organigrama de la empresa y realizar funciones equivalentes. Esta sentencia vuelve a demostrar que el artículo 14 de la Constitución, que proclama el principio de igualdad y no discriminación por ninguna razón, interpretado conjuntamente con los artículos 4.2.c y 17.1 del Estatuto de los Trabajadores, es suficiente para luchar de forma efectiva contra situaciones de discriminación laboral, en el sentido de considerar contraria a Derecho la utilización de factores de diferenciación laboral, y concretamente salariales, de carácter arbitrario o sin justificación razonable.

La citada sentencia, una vez constatado que la empresa conculcó el derecho fundamental a la igualdad, no solo considera nula la actuación discriminatoria en materia retributiva, sino que reconoce un derecho de la trabajadora a ser indemnizada. Y para fijar la indemnización por daños morales condena a la empresa a pagar una cantidad equivalente a las diferencias salariales existentes entre la trabajadora denunciante y sus compañeros, desde que se inició el tratamiento discriminatorio, sin aplicar el límite de la prescripción de un año prevista para las reclamaciones de cantidad, al considerar que se trata de una indemnización por los daños morales provocados por la discriminación, y no de una situación de mera reclamación de cantidad salarial.

En conclusión, no se trata tanto de promulgar nuevas normas jurídicas, como de aplicar de forma finalista las leyes vigentes, sin perjuicio de que quizá sí que podría valorarse la introducción de sistemas de control preventivos eficaces para detectar situaciones de discriminación antes de que se produzcan, sin necesidad de dejar únicamente en manos de los tribunales la resolución de las situaciones de desigualdad injustificada.

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Legislación y discriminación salarial por razón de género. Grada 124. José Manuel Corbacho
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Legislación y discriminación salarial por razón de género. Grada 124. José Manuel Corbacho
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el artículo 14 de la Constitución, que proclama el principio de igualdad y no discriminación por ninguna razón, interpretado conjuntamente con los artículos 4.2.c y 17.1 del Estatuto de los Trabajadores, es suficiente para luchar de forma efectiva contra situaciones de discriminación laboral
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