El Ayuntamiento de Olivenza destina más de 46.000 euros a suministros mínimos vitales

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El objetivo es garantizar suministros energéticos básicos, como energía eléctrica y gas natural, agua, y alta y reconexión por corte de suministros, para familias con pocos recursos.

Foto: Junta de Extremadura

Como queda establecido en los requisitos para la concesión, podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas mayores de edad, empadronadas o que residan legalmente en Extremadura con una antigüedad mínima de seis meses anteriores a la solicitud, y que carezcan de rentas o ingresos netos inferiores al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples.

Se contempla en los requisitos que en caso de alquiler o hipoteca se deducirá un 25% del total de los ingresos disponibles en la unidad familiar a efectos de cómputo. Igualmente, las personas solicitantes pueden ser menores de edad en casos de orfandad o emancipación con inscripción en el Registro Civil.

No pueden beneficiarse de estas ayudas quienes residan en centros que pertenecen a instituciones o entidades que estén obligadas a atender las necesidades básicas de subsistencia de sus residentes, covivan temporalmente por razón de estudio o estén conectados fraudulentamente a la red.

El abono de las ayudas es realizado directamente a la entidad suministradora, salvo en el caso del gas butano, que se abona directamente al beneficiario con la previa presentación de la factura correspondiente.

Las cuantías máximas por todos los conceptos, por anualidad y por unidad familiar es de 600 euros en familias de hasta dos miembros, 700 euros en aquellas que cuenten con tres o cuatro miembros, y 800 euros para unidades familiares de cinco o más miembros.