Las personas ciegas podrán intercambiar libros sin estar sometidos a los sistemas de derechos de autor

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El Tratado de Marrakech establece esta posibilidad a nivel internacional a partir del próximo 30 de septiembre, tras la necesaria ratificación de 20 países, entre ellos España.

Las personas ciegas o con otra discapacidad que les impida acceder al texto impreso podrán intercambiar libros a partir del 30 de septiembre próximo sin estar sometidos a los diversos sistemas de derechos de autor, al haberse logrado que 20 países aprueben el Tratado de Marrakech, que establece esta posibilidad a nivel internacional.

Después de tres años de intenso trabajo desde la firma en Marrakech, en los que la ONCE ha participado activamente, se han logrado las 20 ratificaciones necesarias, por lo que será efectivo a finales de septiembre, 90 días después del vigésimo depósito por parte de un país.

El proceso afronta en estos momentos dos enormes desafíos. En primer lugar, poner en marcha los mecanismos que garanticen la materialización del Tratado, lo que dependerá de las propias organizaciones de personas con discapacidad, bibliotecas, editoriales, autores y gobiernos. Y en segundo término, seguir trabajando para que aquellos países que han ratificado ya la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, se incorporen a este Tratado.

Una vez que las Cortes españolas aprobaron el año pasado la ratificación del Tratado, es necesario ahora realizar el depósito oficial ante la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), para que entre en vigor en España.

El Tratado de Marrakech fue adoptado el 27 de junio de 2013 y forma parte de un cuerpo de tratados internacionales sobre derecho de autor administrados por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI). Posee una dimensión de desarrollo humanitario y social, y su principal objetivo es crear un conjunto de limitaciones y excepciones obligatorias en beneficio de las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso.

Además, permite el intercambio transfronterizo de ejemplares de obras publicadas en formato accesible que se han realizado en virtud de dicha excepción o limitación al derecho de autor en cualquiera de sus partes contratantes.

La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) es un organismo especializado de las Naciones Unidas y la principal organización intergubernamental dedicada al fomento y la utilización de la propiedad intelectual. Su objetivo es promover un modelo equilibrado y eficaz, que recompense la creatividad, estimule la innovación y contribuya al desarrollo económico, social y cultural de todos los países, salvaguardando a la vez el interés público.

Con el Tratado de Marrakech se aspira a subsanar la escasez de libros y, al mismo tiempo, asegurar a los autores y editores que el sistema no expondrá sus obras publicadas al uso indebido de las mismas o a su distribución a terceros distintos de los beneficiarios previstos. Reitera la obligación de limitar el intercambio transfronterizo de obras a casos especiales que no interfieran la explotación normal de la obra y no  causen un perjuicio injustificado a los intereses legítimos del titular del derecho.

Los primeros 20 países en ratificar el Tratado o adherirse a él han sido India, El Salvador, Emiratos Árabes Unidos, Malí, Uruguay, Paraguay, Singapur, Argentina, México, Mongolia, República de Corea, Australia, Brasil, Perú, República Popular Democrática de Corea, Israel, Chile, Ecuador, Guatemala y Canadá.