Hoy quiero hablar de una discriminación poco conocida, pero muy real: el impuesto que pagan las personas con discapacidad visual cuando compran productos que necesitan para su vida diaria.
En España, las personas con discapacidad que tienen un certificado igual o superior al 33% pueden beneficiarse del IVA superreducido del 4% cuando compran productos de apoyo como sillas de ruedas, prótesis, órtesis o vehículos adaptados.
Sin embargo, las personas ciegas o con baja visión, que también tienen reconocido ese mismo grado de discapacidad, no reciben el mismo trato. Cuando compran lupas, telescopios, gafas especiales, amplificadores de vídeo o necesitan servicios profesionales específicos, pagan un IVA del 10% o incluso del 21%.
Es decir, dos personas con discapacidad, dos necesidades básicas, pero impuestos diferentes. Esto es un agravio comparativo.
En la práctica, el IVA deja de ser el Impuesto sobre el Valor Añadido y pasa a ser, irónicamente, el Impuesto por Visión Anormal.
Los productos de apoyo visual no son lujos. Son herramientas para leer, trabajar, desplazarse o estudiar. Esta situación genera desigualdad.
La discapacidad visual no puede seguir siendo invisible también en la ley. No podemos seguir mirando hacia otro lado: esta discriminación fiscal debe cambiar.