Las empresas y los autónomos de Extremadura pueden solicitar hasta el 7 de octubre las ayudas para la realización de inversiones en modernización, gestionadas por la Dirección General de Empresa de la Junta de Extremadura.
Con estas subvenciones se pretende abordar la reducida dimensión empresarial de la región, en la que predominan las microempresas, en su mayoría sin personas contratadas, lo cual conlleva una serie de importantes debilidades, como una mayor dificultad para acceder a los mercados, menor capacidad de innovación, una mayor restricción para el acceso a la financiación, una capacidad productiva muy limitada y, como consecuencia de ello, una menor capacidad para generar empleo.
El objetivo de estas ayudas es la financiación de inversiones en bienes de equipo, consistentes en maquinaria y herramientas ligadas al proceso productivo, para favorecer la modernización de las actividades desarrolladas por personas trabajadoras autónomas y micropymes de Extremadura.
Pueden ser beneficiarias las empresas de cualquier forma jurídica y de todos los sectores excepto el primario, así como los trabajadores autónomos, que cuenten con una plantilla media que no sea superior a tres trabajadores y que tengan centro productivo en Extremadura.
También podrán ser beneficiarias las comunidades de bienes y entidades sin personalidad jurídica. En este caso deberán hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada comunero o socio, así como el importe de subvención a aplicar a cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios.
En cualquier caso, deberá nombrarse una persona representante, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la empresa solicitante.
En concreto, las inversiones en adquisición de maquinaria y herramientas ligadas al proceso productivo deben cumplir al menos algunos de los siguientes requisitos:
- que la maquinaria esté dirigida a la producción y transformación del producto manufacturado
- que estén orientadas a la automatización o a la optimización de los procesos productivos
- que mejoren la calidad, el control o la trazabilidad de los procesos productivos
- que presenten un marcado componente tecnológico e innovador
También se podrán subvencionar los gastos de transporte, instalación, montaje y formación relativos a las inversiones proyectadas, siempre que no superen el 20% del coste total del proyecto.
La subvención es a fondo perdido, con un límite del 50% y un mínimo del 40% de la inversión subvencionable, mediante concesión directa. Además, la cuantía de la inversión proyectada no podrá ser superior a 25.000 euros IVA excluido.
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