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Las ayudas de mínimos vitales del Ayuntamiento de Mérida llegan a 629 familias

Las ayudas de mínimos vitales del Ayuntamiento de Mérida llegan a 629 familias
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Un total de 629 familias se han beneficiado desde que se abrió el plazo, el pasado 18 de mayo, de las ayudas de mínimos vitales del Ayuntamiento de Mérida, que cubren los gastos de electricidad, gas, agua potable y gas butano en su totalidad.

“Una ayuda destinada a sufragar los suministros energéticos básicos relativos a la vivienda habitual, garantizando su cobertura en aquellos casos en los que, por falta o insuficiencia de recursos económicos, los beneficiarios no pueden hacer frente a ello”, ha explicado la delegada de Servicios Sociales, Catalina Alarcón.

“Estas ayudas vendrán a minimizar el impacto económico y social que muchas familias de nuestra ciudad están sufriendo durante esta crisis y que se complementa con otras, como son el Fondo de Garantía Social, ayudas de material escolar, ayudas al alquiler, las nuevas ayudas de contingencias sociales, etc.”, ha añadido.

De la tramitación del procedimiento se encarga la Oficina de Mínimos Vitales compuesta por dos trabajadoras sociales y tres administrativos. Las ayudas se pueden solicitar mediante instancia en el Registro Municipal, puesto que estas prestaciones siguen en vigor, y además el consistorio las va a dotar con 120.000 euros adicionales.

Los solicitantes deben cumplir varios requisitos:

  • Ser mayores de edad, huérfanos absolutos o menores emancipados por concesión judicial.
  • Residir en algunos de los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura con una antigüedad de, al menos, seis meses inmediatamente a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Carecer de renta o ingresos insuficientes. Se procederá a la suma de todos los ingresos netos computables de la unidad de convivencia obtenidos en los tres meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud y se dividirá por tres, considerándose que existen rentas o ingresos suficientes cuando los ingresos netos de la unidad de convivencia sean superiores al 80% del importe mensual fijado en la Ley de presupuestos Generales del Estado del ejercicio correspondiente para el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, referido a 14 pagas, incrementándose en un 8% por cada miembro de la unidad de convivencia.
  • En aquella unidades de convivencia en las que haya algún miembro con discapacidad en grado igual o superior al 65% o tuvieran valorada la situación de dependencia se incrementará un 10% por cada miembro de la unidad de convivencia.
  • En casos de préstamos hipotecarios o de alquiler sobre la vivienda habitual de residencia del solicitante y de su unidad de convivencia se deducirá un 25% sobre el total de ingresos disponibles en la unidad de convivencia, a fin de determinar la cantidad a imputar como recursos disponibles en el hogar.

 

Son subvencionables los gastos de energía eléctrica y gas natural; los de agua potable, excepto el alcantarillado y basura; los de alta y reconexión, en caso de interrupción por impago del suministro de energía eléctrica, gas natural y agua potable; y los de gas butano.

La ayuda cubre la totalidad de los conceptos facturados con independencia de su importe y de la fecha de emisión de la factura, siempre que esta no haya sido abonada en su totalidad con anterioridad, con los límites siguientes: 700 euros, hasta dos miembros; 800 euros, entre tres y cuatro miembros; y 900 euros, para cinco miembros.

El abono de las ayudas se realizará directamente a la entidad suministradora, con excepción del gas butano, que se abonará al beneficiario previa presentación de la factura correspondiente.

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