Tras la vuelta a la normalidad toca hacer balance de daños. En principio, las distribuidoras eléctricas son responsables del suministro, pero pueden eludir esta responsabilidad si el corte estuvo motivado por causas de fuerza mayor o por un sabotaje. Dado que aún no se descarta ninguna posibilidad, es pronto para afirmar taxativamente si podemos o no reclamar.
No obstante, aunque las empresas eléctricas no fueran finalmente responsables de la interrupción del servicio, tampoco se puede exigir a los consumidores que paguen por los servicios no recibidos durante el apagón. Por tanto, sí tenemos derecho a recibir el reintegro del billete o la reubicación en otro medio de transporte lo más rápidamente posible. Además, si un pasajero se encuentra atrapado, por ejemplo, en un tren durante el apagón, tiene derecho a que la empresa le proporcione asistencia, alimentos, bebidas e incluso alojamiento si fuera necesario.
Eso sí, en el caso de que el motivo de la cancelación del viaje sea la falta de energía, las compañías de transporte, como trenes o aviones, no están obligadas a indemnizar por las cancelaciones, dado que se trata de una circunstancia extraordinaria, tal y como establece el reglamento europeo.
Otro de los perjuicios que vamos a sufrir mayoritariamente como consecuencia del apagón son los daños en el hogar, como los productos que se han perdido en el congelador al descongelarse por falta de electricidad. En estos casos es muy recomendable que los afectados acumulen pruebas de los daños, como fotografías o informes de los electrodomésticos averiados, en caso de que el apagón haya sido causado por una subida de tensión al restablecerse el servicio.
Además, es muy importante revisar el seguro del hogar, ya que algunos contratos incluyen cobertura para daños derivados de apagones de luz accidentales. Si es así, podrían estar cubiertos los daños a los electrodomésticos o a los alimentos. Es importante conocer los detalles de la póliza, ya que algunas aseguradoras ofrecen una cobertura más amplia para este tipo de situaciones.
Por último, siempre que el motivo del apagón no sea causa de fuerza mayor tendremos derecho a una reducción en la siguiente factura del 20% por la primera hora de corte, y otro 2% por cada hora adicional.
En cualquier caso, se recomienda a los consumidores que recopilen y guarden pruebas de los daños sufridos hasta que se esclarezcan las causas del apagón, y que revisen sus seguros de hogar por si estos daños estuvieran cubiertos.