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Educación inclusiva. Un derecho inalienable

Educación inclusiva. Un derecho inalienable
Luis Cayo Pérez, Juan Rodríguez Zapatero, la joven con síndrome de Down Indira Martínez y Mateo San Segundo. Foto: Down España
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En esta tribuna hemos defendido siempre la educación inclusiva como herramienta básica para la correcta y necesaria socialización de los menores con discapacidad. Por muchísimas razones, como el hecho de que el resto de los niños se acostumbren desde pequeños a convivir y a integrar la diversidad humana. Por eso ahora reflejamos la decepción que supone el rechazo por parte del Tribunal Constitucional al recurso presentado contra la última ley orgánica sobre la educación, la Lomloe.

En un encuentro sobre educación inclusiva organizado por Servimedia, el abogado especializado en Derecho de la discapacidad Juan Rodríguez Zapatero; el presidente de Down España, Mateo San Segundo; y el presidente del Cermi Estatal, Luis Cayo Pérez, coincidieron en que la sentencia desestimatoria del Tribunal Constitucional resulta “decepcionante” a la hora de garantizar la educación inclusiva como derecho humano fundamental.

Esta opinión se debe a que el fallo del Tribunal Constitucional habla de ‘principios’ y no de ‘derechos’; ignora el dictamen del Comité de la ONU sobre los Derechos de las personas con discapacidad, muy crítico con España; y consagra el modelo actual de dos sistemas educativos, el inclusivo y el especial, contrario a la Convención de la ONU sobre los Derechos de las personas con discapacidad.

Según recoge el texto legal recurrido, el Gobierno debe aprobar un plan para que en diez años los centros ordinarios “cuenten con los recursos necesarios para poder atender en las mejores condiciones al alumnado con discapacidad”, a la vez que propone un periodo de transición para que los centros de educación especial se conviertan en centros de recursos educativos. También se refleja que serán profesionales especialistas quienes evalúen las necesidades de los alumnos con discapacidad y establezcan su modalidad de escolarización. Serán las administraciones educativas quienes decidan en caso de discrepancia, atendiendo al interés del menor y a la voluntad de las familias que muestren su preferencia por el régimen más inclusivo.

El Grupo Parlamentario Vox sostenía en su recurso que ambos requisitos vulneraban el derecho paterno a elegir, aspecto que el Tribunal rechaza porque “la libre elección de centro está garantizada en la ley” y en ningún caso se impide la escolarización en centros especiales.

Para Juan Rodríguez Zapatero las familias que realmente sufren discriminación son las que optan por un centro inclusivo y ven denegada su elección sin motivo justificado. En este sentido, defendió que el derecho a la educación inclusiva corresponde a los alumnos, y lamentó que el fallo del Tribunal Constitucional la mencione solo como un principio, un error conceptual en su opinión, ya que la Convención establece el derecho de todos a integrarse en el sistema educativo general. También critica que la sentencia evite citar el dictamen de 2018, muy crítico con España por mantener dos modelos educativos separados.

Por otra parte, entiende que se establecen filtros para el acceso al sistema ordinario de los niños con necesidades educativas especiales, lo que es una discriminación, por lo que, en la práctica, la sentencia del Tribunal Constitucional avala “el sistema de dos modelos”, contrario a la Convención, tratado de derecho vigente en España, pero sistemáticamente incumplido.

Por su parte, Luis Cayo Pérez incidió en la necesidad del cumplimiento de la Convención y de modificar cuantas leyes sea preciso para adaptarlas a sus exigencias. A su juicio, los dictámenes del Comité de la ONU sobre los Derechos de las personas con discapacidad deben ejecutarse con diligencia.

Juan Rodríguez Zapatero y Luis Cayo Pérez citaron el caso de Rubén Calleja, un niño leonés con discapacidad intelectual, obligado a los 11 años a dejar su centro educativo inclusivo, en contra del criterio de sus padres. La familia solo encontró apoyo en el Comité de la ONU, que en 2020 le dio la razón al estimar que los derechos del menor habían sido vulnerados y que la denuncia de malos tratos formulada por los padres no fue suficientemente investigada; también reclamó una reparación efectiva y que el menor fuese incluido en un programa de formación profesional inclusiva. Aunque el Estado rechazó indemnizar a Rubén, ahora la Fiscalía apoya a la familia y ha presentado recurso ante el Tribunal Supremo. Luis Cayo Pérez expresó que espera el fallo del Tribunal Supremo, aunque ofrezca una respuesta subsidiaria sobre la educación inclusiva.

Finalmente, Mateo San Segundo resaltó lo desamparadas que están las familias que optan por centros inclusivos en contra del criterio de la Administración, y garantizó que van a seguir recibiendo el apoyo de Down España.

Juan Rodríguez Zapatero concluyó recordando que “los derechos son infraccionables, generales, para todos, o no lo son”.

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