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El Ayuntamiento de Mérida actualiza la ordenanza sobre aparcamiento de personas con movilidad reducida

El Ayuntamiento de Mérida actualiza la ordenanza sobre aparcamiento de personas con movilidad reducida
Foto: Ayuntamiento de Mérida
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El Ayuntamiento de Mérida ha aprobado la ordenanza que regula la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad que presenten movilidad reducida, así como la creación y reserva de plazas de aparcamiento en la vía pública para sus vehículos.

La aprobación inicial de esta ordenanza, que modifica el anterior marco regulador, tuvo lugar el pasado 28 de enero. En trámite de alegaciones, la Asociación para la atención y la integración social de las personas con discapacidad de Extremadura, Apamex, solicitó la ampliación hasta 30 minutos el tiempo de parada en las zonas reservadas para carga y descarga durante su horario de funcionamiento, siempre que no se ocasionen perjuicios a los peatones o al tráfico.

Según ha explicado el delegado de Tráfico, Marco Antonio Guijarro, “esta ordenanza es prioritaria para la unificación, en un solo documento de carácter local, de la reglamentación existente”. “De este modo todas y todos tendremos acceso a un documento, que, además, debido a la importancia e impacto de la modificación, será adaptado a lectura fácil para que todas las personas puedan tener acceso a la información y facilite la tramitación de las tarjetas a todas las personas que lo necesiten”, ha añadido.

Esta norma supone la adaptación de distintas ordenanzas “para recoger los cambios recogidos en legislaciones de rango superior y unificarlas en un único documento que facilite la gestión y el control de las tarjetas de estacionamiento de movilidad reducida, tanto permanente, como provisional, desde la solicitud, la documentación a aportar, la revisión y la concesión, así como el seguimiento del buen uso de estas tarjetas”, ha incidido.

“La accesibilidad universal es derecho fundamental que viene a garantizar la participación, no solo de las personas con diversidad funcional, sino la de todas las personas. Por eso, a través de la aplicación de sus principios básicos avanzamos, como ciudad y como sociedad, hacia un modelo que transformará nuestros entornos convirtiéndolos en espacios más cómodos, modernos en inclusivos. Transformar, adaptar o diseñar, bajo el paradigma de la accesibilidad universal, los procesos, bienes, servicios y espacios facilita la participación y presencia de personas que, por las barreras existentes, han visto limitado su proyecto de vida”, ha concluido.

Por una parte, las tarjetas de estacionamiento que estén en vigor no sufren cambios hasta que tengan que renovarse. Con un plazo de vigencia de cinco años, se renuevan a partir del último. El trámite se hace en el Ayuntamiento, y la novedad es que la Junta de Extremadura da el visto bueno previo a la concesión, sustituyendo al Ayuntamiento, de manera que a partir de ahora las tarjetas las expide la Junta de Extremadura.

Por otra parte, cualquier persona con discapacidad que crean reunir dichos requisitos para obtener la tarjeta deberán acreditar dicha condición aportando los siguientes documentos:

  • Calificación del grado de discapacidad con declaración expresa de presentar movilidad reducida conforme al Anexo II del Real Decreto 1971/1999, o que muestren en el mejor ojo una agudeza visual igual o inferior al 0,1 con corrección, o un campo visual reducido a 10 grados o menos, dictaminados por los equipos del Cadex.
  • Dos fotografías tamaño carnet.
  • Fotocopia del DNI, pasaporte u otro documento identificativo.
  • Si la tarjeta fuese destinada a una persona física que conduce o a una persona jurídica titular de vehículos destinados exclusivamente al transporte colectivo de personas con discapacidad que presten servicios sociales de promoción de la autonomía personal y de atención a la dependencia a que se refiere la Ley 39/2006 de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, así como los servicios sociales a los que se refiere el Real Decreto Legislativo 1/2013, el permiso de conducir si es persona física; o el permiso de circulación, la tarjeta de la ITV y la póliza de seguro del vehículo, si es persona jurídica.

Estas tarjetas se expedirán con un plazo máximo de validez de cinco años, debiéndose renovar a su finalización.

También existe la posibilidad de solicitar una tarjeta provisional por enfermedad o patología de extrema gravedad que suponga fehacientemente una reducción sustancial de la esperanza de vida que se considera normal para su edad y demás condiciones personales, y que razonablemente no permita tramitar en tiempo la solicitud. Esta tarjeta tendrá un periodo de validez de un año, prorrogable por otro más en caso de necesidad. La solicitud se presentará en el Registro General del Ayuntamiento.

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