Inmersos ya en la declaración del IRPF de 2023 creemos importante comentar algunas de las principales novedades para 2024.
A partir de 2024 todas las personas que hayan estado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) estarán obligadas a presentar su Declaración de la Renta, con independencia de sus ingresos.
Hasta el 31 de diciembre de 2024 será posible deducirse en el IRPF el 15% del importe de la compra de un coche eléctrico, con un límite de 20.000 euros.
Las plataformas digitales como Wallapop o Airbnb deberán informar a la AEAT de las ventas online realizadas tanto por profesionales como por particulares.
Aunque se mantiene la deducción sobre el alquiler de viviendas, esta disminuye del 60% al 50% para los contratos celebrados a partir del 1 de enero de 2024.
En cuanto a las donaciones se aplica un incremento en su deducción, tanto en el IRPF como en el Impuesto de Sociedades, especialmente si se han producido donaciones por un importe igual o superior en los dos años precedentes.
Recordemos también que, en el Impuesto de Sociedades, desde el 1 de enero de 2023 se ha aplicado una reducción que lo deja en el 23%, frente al 25% por el que se venía tributando, para sociedades ya constituidas. Las sociedades recién creadas se pueden beneficiar de tributar al 15% los dos primeros ejercicios en los que presenten beneficios.
Este mismo tipo del 15% en el Impuesto de Sociedades es el que se prevé aprobar para multinacionales y grupos empresariales con presencia en España que durante su ejercicio fiscal hayan arrojado un volumen de negocio igual o superior a 750 millones de euros.
No podemos olvidarnos de la Ley Crea y Crece y sus repercusiones en el ámbito de la facturación y la contabilidad para pymes y autónomos, que ya hemos comentado en otros artículos. Os animamos a que utilicéis el Kit digital para que os ayude a adecuar vuestra organización a estas medidas, que serán obligatorias a partir del 1 de julio de 2025.