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La ceguera legal. Matías Sánchez

La ceguera legal. Matías Sánchez
Momento de la ‘Global Technology & Accessibility Conference’ de 2021. Foto: Cedida
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‘Ceguera legal’ es una expresión confusa, porque la mayoría de las personas a las que se aplica este concepto no son ciegas, tienen resto de visión y lo usan en sus vidas cotidianas.

Esto nos lleva a distinguir entre la ceguera real o funcional, que es la ausencia total de visión o que solo perciben luz, y la ceguera legal, que sirve para identificar a las personas que pueden recibir asistencia pública basada en ayudas o beneficios de tipo económico debido a su discapacidad visual, y que se ajusta a los baremos oficiales de cada país.

La definición de ceguera legal es un estándar que se desarrolló en los años 30 cuando había poca información sobre cómo las personas usan la visión para realizar diversas tareas. El gobierno de Estados Unidos convocó a un grupo de oftalmólogos para elaborar un marco con el que calificar y determinar qué personas necesitaban atención especial debido a su discapacidad visual a fin de proporcionarles servicios gubernamentales.

En Estados Unidos una persona puede ser determinada legalmente ciega en virtud de la agudeza visual de 6/60 (0,1) o menos en el mejor ojo con la mejor corrección posible. La pérdida del campo visual en ambos ojos por debajo de 20 grados, independientemente de la agudeza restante, también es considerado ceguera legal.

Estas referencias se tomaron por las limitaciones que se originan al interactuar con diversas barreras que impiden la participación plena y efectiva en la sociedad, causado por una agudeza visual baja y de un deterioro del campo visual.

Actualmente no todos los países tienen definido la ceguera legal. Tampoco existe una clasificación internacional estandarizada que determine el nivel de ceguera legal; su límite se encuentra especificado según el país o la organización de origen: Suecia 1/30 (0,03), Alemania 1/25 (0,04), Francia y Holanda 1/20 (0,05), Canadá, Estados Unidos Italia y Reino Unido 1/10 (0,10).

En España los límites para considerar ‘ceguera legal’ de cara a la posible percepción de pensiones u otras ayudas concretas se sitúan en los que se requiere para poder ser afiliado a la Organización Nacional de Ciegos de España (ONCE), una agudeza visual igual o inferior a 1/10 (0,1) o un campo visual reducido a 10 grados o menos.

Así pues, podemos asegurar que las personas afiliadas en la ONCE que cumplen con los límites exigidos son ‘ciegos legales’. Cabe agregar que los datos de afiliación a la ONCE muestran que el 14% son personas ciegas y el 86% tienen resto de visión. Es evidente entonces que la mayoría de las personas a las que se les aplica la expresión ‘ciego legal’ ven, no son ciegas.

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