En el marco del Plan de choque para la economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de inclusión, incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Junta de Extremadura ha aprobado el Programa de colaboración económica municipal del servicio de teleatención domiciliaria a personas mayores.
La colaboración se enmarca en el Plan Estratégico planteado por la Consejería de Salud y Servicios Sociales encaminado a la consecución de un cambio del modelo de atención a las personas mayores en la región, mediante la creación de uno nuevo, con centros comunitarios de apoyo social que ofrezcan servicios de proximidad a las entidades locales en el entorno rural para la adaptación y adecuación de pisos tutelados y centros de día municipales, para que se conviertan en centros proveedores de servicios de proximidad.
La teleatención domiciliaria engloba aquellos servicios dirigidos a atender las necesidades de las personas mayores en sus domicilios, con programas de promoción de la autonomía y mantenimiento de capacidades, mediante el uso de las tecnologías de la información y la comunicación a través de videoatención, videollamada y videoformación, y que pueden ser complementarios del servicio de teleasistencia avanzada personalizada.
En concreto, se contempla el desarrollo de programas de actividad física periódica, que podrá ser grupal o individualizada, realizados por fisioterapeuta o monitor ocupacional; y de programas de entrenamiento cognitivo periódico, grupales o individuales, a cargo de un terapeuta ocupacional. Se permitirá adicionalmente la participación de otros profesionales, que estimen conveniente las entidades destinatarias, encargados de llevar a cabo actuaciones auxiliares y complementarias.
El objetivo de este programa es mantener o, en su caso, incrementar la autonomía de las personas mayores en sus domicilios en un entorno rural en el que viven solas o pasan gran parte del día sin compañía y puedan encontrarse en aislamiento geográfico o desarraigo social, favoreciendo la permanencia e integración de las personas en su medio habitual y retrasando su institucionalización.
La Junta de Extremadura distribuirá las transferencias, por importe global de 1.642.055,19 euros, entre las entidades locales extremeñas con competencias en materia de servicios sociales, en base a la solidaridad territorial, con la finalidad de prestar dichos servicios sociales a las personas mayores.
Se han determinado como beneficiarias 43 localidades de menos de 5.000 habitantes, por contar con un porcentaje superior al 22% de la población mayor de 65 años, que han sufrido en los últimos cinco años una pérdida igual o superior al 5% de la población, y que además cuentan con una densidad de población inferior a 25 habitantes por kilómetro cuadrado. Las localidades, que recibirán 38.187,33 euros cada una, deben ostentar la titularidad o disponibilidad de centros residenciales o centros de día abiertos y que estén inscritos en el Registro de entidades y servicios para personas mayores de la Comunidad Autónoma de Extremadura a fecha 31 de mayo de 2024.
En concreto, las localidades beneficiarias son Alcántara, Alcollarín, Alía, Aliseda, Carbajo, Casas de Miravete, Guijo de Granadilla, Herguijuela, Hernán Pérez, Herrera de Alcántara, Madroñera, Mata de Alcántara, Membrío, Mesas de Ibor, Monroy, Pasarón de la Vera, Pescueza, Pozuelo de Zarzón, Salvatierra de Santiago, Santiago de Alcántara, Santibáñez el Bajo, Torremocha, Valverde del Fresno, Villa del Campo, Villa del Rey, Zarza la Mayor y Zorita en la provincia de Cáceres; y Baterno, Berlanga, Cabeza del Buey, Castilblanco, Feria, Fuenlabrada de los Montes, Garlitos, Helechosa de los Montes, Monterrubio de la Serena, Peñalsordo, Peraleda del Zaucejo, Puebla del Maestre, Sancti Spiritus, Segura de León, Siruela y Valle de la Serena en la provincia de Badajoz.
Los usuarios beneficiarios del servicio de teleatención domiciliaria, para quienes es gratuito, serán designados por los servicios sociales de atención social básica, entre aquellas personas residentes en la localidad que cumplan los siguientes requisitos:
- Personas mayores de 65 años con reconocimiento de grado de dependencia conforme a la Ley 39/2006 de Promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia
- Personas mayores de 50 años con reconocimiento de grado de dependencia, cuyas circunstancias personales, familiares o sociales aconsejen la necesidad de recibir estos programas
- Personas mayores de 65 años que no tengan reconocimiento de grado de dependencia conforme a la Ley 39/2006 si se considera necesario por los servicios de atención social básica la inclusión en algún programa, dada su situación de fragilidad, soledad u otra causa que justifique el beneficio de su inclusión.
Los beneficiarios del servicio de teleatención domiciliaria también lo serán del programa de Teleasistencia Avanzada Personalizada del Sepad si cuentan con grado de dependencia reconocido conforme a la Ley 39/2006 y que no sean beneficiarios del servicio de atención residencial ni del servicio de teleasistencia básica.