Buscar

Prórroga de la moratoria contable

Prórroga de la moratoria contable
Léeme en 2 minutos

La moratoria contable en España es una medida excepcional adoptada para evitar la disolución de empresas que, debido a circunstancias extraordinarias, como la pandemia de Covid19 o la reciente guerra arancelaria, han incurrido en pérdidas significativas. Esta moratoria permite que determinadas pérdidas no se computen a efectos de determinar si una sociedad está en causa legal de disolución por desequilibrio patrimonial.

Según el artículo 363.1.e) de la Ley de Sociedades de Capital, una sociedad debe disolverse si su patrimonio neto se reduce por debajo de la mitad de su capital social debido a pérdidas. La moratoria contable establece que, a efectos de esta causa de disolución, no se tendrán en cuenta las pérdidas de determinados ejercicios afectados por crisis extraordinarias. Por ejemplo, las pérdidas de los ejercicios 2020 y 2021 derivadas de la pandemia de Covid19 fueron excluidas del cómputo para determinar la causa de disolución hasta el cierre del ejercicio iniciado en 2024. Esta prórroga proporciona a las empresas un margen adicional para recuperar su estabilidad financiera sin verse obligadas a cesar su actividad.

El Real Decreto-ley 4/2025, de 8 de abril, formaliza esta extensión, enmarcándola dentro de un conjunto de medidas urgentes para mitigar los efectos de la política arancelaria de Estados Unidos y fomentar el relanzamiento comercial de España. Además de la moratoria contable, se incluyen instrumentos de apoyo financiero y asesoramiento técnico para ayudar a las empresas a adaptarse a los nuevos desafíos comerciales.

Es importante que los administradores de las empresas sean conscientes de esta prórroga y actúen en consecuencia al formular las cuentas anuales. Aunque las pérdidas de 2020 y 2021 no computarán para determinar la causa de disolución hasta 2026, es fundamental que las empresas tomen medidas para mejorar su situación financiera y evitar futuras contingencias.

En resumen, la extensión de la moratoria contable hasta 2026 ofrece a las empresas un respiro necesario en tiempos de incertidumbre económica. No obstante, es esencial que las organizaciones utilicen este tiempo para fortalecer su posición financiera y prepararse para un entorno empresarial cada vez más competitivo y desafiante.

ENTRADAS RELACIONADAS

Continuamos nuestra senda genealógica con la ejecutoria de don Pedro Alor Messia: “En la villa en el dicho mes y...
El Diario Oficial de Extremadura del pasado 13 de enero publicó dos resoluciones de la Secretaría del Servicio Extremeño Público...
Hace poco tuve el placer de abrir para unos clientes una botella de esas que no se suelen abrir todos...
En la mañana del 14 de octubre de 2009, no muy temprano, después de desayunar en el Hotel Athens Imperial,...
Anuncia Maján El tema de hoy, lo reconozco, me toca muy de cerca, como mujer con discapacidad. La violencia ejercida...
Colaboración de Jairo Jiménez con una nueva viñeta de temática social para la revista Grada 208, de febrero de 2026....

LO MÁS LEÍDO