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La Covid-19 y la modernización de la Administración de Justicia. Grada 151. José Manuel Corbacho

La Covid-19 y la modernización de la Administración de Justicia. Grada 151. José Manuel Corbacho
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La crisis de la Covid-19 ha afectado significativamente a la Administración de Justicia, que se ha visto ralentizada de forma sustancial. Para paliar estas consecuencias se aprobaron el Real Decreto-ley 16/2020 y posteriormente la Ley 3/2020. Entre las medidas adoptadas destaca la preferencia por la vía telemática para juicios y declaraciones hasta el 21 de junio de 2021, si se cuenta con medios para ello, aunque hay que tener en cuenta el retraso que existe en la Administración de Justicia en cuanto a modernización tecnológica, en relación por ejemplo con la Administración Tributaria.

Pero esta normativa no establece criterios de aplicación de medios tecnológicos ni requerimientos técnicos que la hagan conciliable con el principio de publicidad de las actuaciones judiciales o la confidencialidad exigida por las normas procesales y de protección de datos.

En cuanto a la audiencia previa del proceso civil no existe impedimento en su celebración de forma telemática, incluso mejoraría su eficiencia y agilidad. Pero en el proceso penal, a priori, las nuevas tecnologías no pueden sustituir al derecho de defensa ni al principio de inmediación. Ya en 2005 el Tribunal Supremo señalaba que las vistas orales no presenciales no garantizaban la inmediatez de la prueba.

También pueden ser problemáticos los actos de práctica de medios de prueba admitidos en la audiencia previa; o la garantía de la unidad de acto, para asegurar la separación e incomunicación en las declaraciones que se realicen en un mismo acto, como en los juicios presenciales.

Tampoco ayuda la diversidad de plataformas digitales utilizadas y su falta de interoperabilidad, o las dudas sobre la identificación y autenticación de los intervinientes en el proceso; sin olvidar la falta de medios de la Administración para desarrollar el procedimiento respetando todas las garantías procesales.

A pesar del reto de adaptarse a las nuevas tecnologías los juicios telemáticos son una posibilidad legal, viable y necesaria, aunque es absolutamente necesaria la colaboración y el impulso del uso de estas soluciones tecnológicas por parte de todos los actores involucrados, como jueces, fiscales, abogados, letrados de la Administración de Justicia, funcionarios, etc.

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